Abogado Estafas Bancarias o Informáticas Murcia

Delito de Estafa: Artículos 248 y 249 del Código Penal

El artículo 248 del Código Penal establece que el delito de estafa ocurre cuando una persona utiliza un engaño suficiente para inducir a error a otra, llevándola a realizar un acto perjudicial para sí misma o para terceros. El engaño es un elemento esencial en este delito, y debe ser lo suficientemente convincente para engañar a la víctima.

Por otro lado, el artículo 249 se enfoca en modalidades de estafa que no requieren engaño, sino que están basadas en conductas fraudulentas como el uso indebido de sistemas de información, manipulación informática o uso fraudulento de tarjetas de crédito. Aunque en estos casos también se requiere el ánimo de lucro, no es necesario el engaño que se exige en el artículo 248.

En resumen, la diferencia clave entre ambos artículos radica en que el artículo 248 requiere un engaño convincente, mientras que el artículo 249 aborda estafas basadas en fraude sin necesidad de engaño.

Reclamaciones por Phishing, Smishing y SIM Swapping

Phishing: Es un conjunto de técnicas que buscan engañar a una víctima haciéndose pasar por una persona, empresa o servicio de confianza, con el fin de manipularla para que realice acciones indebidas.

Smishing: Un tipo de phishing que utiliza mensajes de texto falsos para engañar a las personas y hacer que descarguen malware, compartan información confidencial o pierdan dinero.

SIM Swapping (Duplicación de SIM): Un fraude que se realiza mediante la suplantación de la tarjeta SIM del teléfono móvil de la víctima.

Pasos a Seguir si Sufres una Estafa Bancaria

  1. Notificar de inmediato a tu banco. Esto permitirá bloquear los medios de pago afectados y emitir nuevas claves de seguridad para proteger tus cuentas.
  2. Presentar una denuncia ante la Policía Nacional. Asegúrate de incluir copias de los movimientos bancarios fraudulentos y de los mensajes o correos electrónicos en los que se haya suplantado la identidad del banco.
  3. Reclamación por escrito a tu banco. Solicita el reembolso de los fondos sustraídos de manera fraudulenta.

Reclamación al Banco de España

Si tu banco no reembolsa las cantidades sustraídas, debes reiterar tu reclamación ante el Servicio o Departamento de Atención al Cliente de la entidad. Si esta instancia también rechaza tu solicitud o no responde, puedes presentar una reclamación ante el Banco de España, dirigida al Departamento de Conducta de Entidades. Es imprescindible haber presentado previamente una queja por escrito al banco.

Acciones Legales si el Banco de España Rechaza la Reclamación

Si el Banco de España no acepta tu reclamación, deberás recurrir a la vía judicial. Según el Real Decreto-ley 19/2018, el banco es responsable de los fondos sustraídos, salvo en casos de fuerza mayor o culpa exclusiva del cliente. Los tribunales suelen ordenar la restitución de fondos en casos de estafas digitales, a menos que se demuestre negligencia grave o fraude por parte del cliente.

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