Abogado Penalista en Murcia

Defensa Penal a ultranza de nuestros clientes en toda clase de delitos destacando la Perspectiva estratégica, la Excelencia técnica, el Compromiso constante, la Eficacia en la resolución de disputas legales y, por encima de todo, la Integridad indiscutible.

Abogado Penalista en Murcia

Carlos CR Penalista

Licenciado en Derecho por la Universidad de Murcia
Colegiado nº 5075 Ilustre Colegio de Abogados de Murcia

Carlos cuenta con una sólida reputación en la comunidad jurídica de Murcia. Con una dilatada carrera que abarca más de 15 años de ejercicio como un respetado Abogado Penalista, ha forjado una reputación sólida en la Región de Murcia, destacándose por su sagacidad jurídica y su devoción inquebrantable por la Justicia.

Carlos está considerado como uno de los mejores Abogados Penalistas.

Con más de una década de experiencia, estamos aquí para proteger sus derechos en el ámbito penal y luchar incansablemente en su defensa.

Carlos habla español e inglés.

Carlos CR en Televisión y Prensa

7 TV Murcia

Murcia Diario

La Tarde

Diario Murcia

Popular TV

Servicios Legales

Abogado Especialista en Derecho Penal

Nuestras áreas de especialización son Derecho Penal defendiendo toda clase de Delitos, Penal Económico y Compliance Penal.

El objetivo principal es asegurar que el cliente reciba una Defensa Penal rigurosa y efectiva.

La excelencia técnica en Derecho Penal exige un minucioso análisis de los procedimientos.

Testimonios de clientes

La mayor garantía del éxito en un proceso penal es contar con una excelente defensa jurídica.

Carlos Cr Abogado Penalista Murcia

Preguntas frecuentes

Seleccionar un Abogado Penalista es crucial para garantizar una Defensa Penal efectiva y rigurosa. Se sugiere considerar la Experiencia y Especialización del Abogado en casos penales y, por supuesto, programar una consulta inicial para discutir su situación específica.

Un delito, según el ordenamiento jurídico, constituye una infracción penal que contraviene las normas establecidas en la sociedad, y su consecuencia es la imposición de una pena o sanción correspondiente. Conforme al Código Penal, se consideran delitos las acciones y omisiones que sean dolosas o imprudentes y estén castigadas por la ley. El artículo 10 del Código Penal define el delito como un comportamiento culpable y contrario a la ley, conllevando consigo una correspondiente pena o sanción.

Los delitos se caracterizan por ser comportamientos: Típicos, Antijurídicos, Culpables y Punibles. Culpables y contrarios al derecho. Acciones antijurídicas tipificadas en la ley. Sancionados penalmente.

En casos donde la conducta no alcance la gravedad necesaria para ser considerada un delito, se denominaría como delito leve, antes conocido como falta antes de la reforma del Código Penal en 2015. Es imperativo destacar que solo se consideran delictivas las conductas expresamente tipificadas por la ley, excluyendo aquellas no contempladas explícitamente en el Código Penal, independientemente de su cuestionabilidad.

En primer lugar, los delitos pueden clasificarse según la forma de la acción que ha ocasionado el delito. Se distingue entre delito por comisión (actos delictivos realizados por un individuo) y delito por omisión (la infracción consiste en no hacer lo ordenado por ley). Además, en función del grado de culpabilidad, se diferencia entre delitos dolosos (realizados conscientemente con la intención de provocar el resultado dañoso) y delitos culposos o imprudentes (donde no se busca el resultado dañoso, pero tampoco se evita).

Finalmente, en cuanto a su perseguibilidad y la posibilidad de perdón, los delitos se dividen en públicos (se persiguen de oficio y carecen de perdón), semipúblicos (requieren denuncia por parte del afectado o su representante legal y pueden ser objeto de perdón eficaz) y privados (solo son perseguibles por iniciativa del ofendido o su representante legal).

La prescripción de un delito implica la extinción de la responsabilidad penal debido al transcurso de un tiempo razonable desde su comisión.

No existe un plazo único para la prescripción, ya que depende de las penas máximas establecidas para cada tipo de delito.

Según el artículo 520.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, Designar Abogado particular sin demora, entrevistarse privadamente con un Abogado antes de decidir si es conveniente declarar o no, guardar silencio, no declarar contra sí mismo ni confesarse culpable, acceder a los elementos esenciales de las actuaciones para impugnar la legalidad de la detención (artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), comunicar su privación de libertad a un familiar o persona de confianza, comunicarse con un tercero en presencia de un funcionario, ser visitado por las autoridades consulares de su país, ser asistido por un intérprete, ser reconocido por un médico y solicitar asistencia jurídica gratuita.

Según la legislación española, una persona detenida puede ser retenida en dependencias
policiales por un máximo de 72 horas antes de ser llevado ante el juez o liberado salvo excepciones.

Sin embargo, esto no significa que siempre se alcance este plazo máximo. De hecho, en la mayoría de los casos, la detención no se extiende más allá de las 24 o 48 horas. La ley establece que la detención preventiva no debe durar más tiempo del estrictamente necesario para llevar a cabo las investigaciones necesarias para esclarecer los hechos.

Si, la confidencialidad está respaldada legalmente, ya que la Constitución protege las
comunicaciones entre el cliente y el abogado. Ni los tribunales ni la administración tienen la
autoridad para exigir que un acusado o su abogado revele los detalles de sus conversaciones.

Se aconseja realizar la contratación de un Abogado penalista de manera inmediata y no esperar a que se produzca la detención si es posible. Abordar los problemas de manera temprana aumenta las probabilidades de una resolución satisfactoria en el proceso penal.

Dada la complejidad y la constante evolución del Derecho Penal, se sugiere optar por profesionales que dediquen su práctica de manera exclusiva a esta disciplina. La probabilidad de éxito aumenta significativamente al contar con un Abogado Penal especializado.

Los honorarios de un Abogado Penalista puede variar según diversos factores, incluyendo la complejidad del caso, la experiencia del abogado, la jurisdicción y otros elementos relevantes.

La Defensa de un proceso penal conlleva mucho trabajo, esfuerzo, dedicación y tiempo.

Para obtener información precisa sobre honorarios, le recomendaría agendar una consulta personalizada, donde podremos discutir su situación específica en detalle.

Abrir chat
Carlos CR Abogado Penalista
Gracias por contactar con Carlos CR Abogado Penalista.

¿Cómo podemos ayudarte?.